lunes, 3 de octubre de 2011

La Injusticia de los Alimentos

En el manual de familia del dr. Guillermo Borda, éste dice:

"El deber alimentario de los cónyuges deriva de otro que es esencial al matrimonio: el de asistencia. De ahí su reciprocidad. Pero la obligación de ellos no es idéntica. En una familia normalmente organizada, el peso principal del sostén recae sobre el marido. A él corresponde en primer término aportar los ingresos necesarios para el hogar, ordinariamente es quien tiene mayores posibilidades de ganar dinero. Esto justifica la desigualdad del trato que ambos reciben. La mujer no precisa demostrar su necesidad ni la imposibilidad de procurárselos durante el trámite del divorcio. El mero hecho de las existencia del juicio le da derecho a reclamarlos".

Esta idea fundamental explica como se ha construido la macro "alimentos" en base al más puro
sexismo. El funcionario judicial no tiene mucho para decidir a la hora de la sentencia, quizás tan sólo el monto. Esta idea explica el porque de mi certidumbre acerca que los "alimentos" están sentenciados de antemano y sólo por una cuestión de géneros.

Pero no puedo evitar el formularme algunas preguntas:

  • ¿Qué piensan las mujeres de ideología feminista respecto de este trato desigual?
  • ¿Son los matrimonios actuales, donde ambos trabajan y tienen ingresos equivalentes, familias anormales?
  • ¿No pueden las mujeres trabajar y proveer al hogar, o ser ambos cónyuges co-sostenes del mismo?
  • ¿Es actualmente el hombre quien tiene mayores posibilidades de ganar dinero?
  • ¿Si el hijo del divorcio convive con madre y padre tiempos equivalentes y ambos contribuyen por igual al sostén, se deben "alimentos" entre ellos?
  • ¿Si es el padre quien convive con los hijos, puede cobrar "alimentos"?

Los "alimentos" como los entiende el actual estado jurisprudencial hacen pensar en un padre proveedor y sostén económico de los hijos y en una madre sostén afectivo para ellos. Ve al padre como alejado de sus necesidades. Sospecha una actitud permanentemente evasiva del mismo en cuanto al sostén de su prole, que hay que prevenir y castigar. Ve a la madre como defensora "natural" del "interés" de sus hijos.

Jurisprudencialmente se siguen sentenciando "alimentos" sexistamente, en procesos que más que juicios parecen apremios. En muchas situaciones los Tribunales causan daños irreparables en las familias en crisis, que terminan perjudicando a quienes procuraban proteger: los hijos.

Atendiendo a los argumentos de la nueva psicología humana y a las estadísticas sociológicas, creo que urge revisar el significado de la naturaleza asistencial de la macro "alimentos" depurándola de las connotaciones sexistas.

La
ética de mujeres que durante el matrimonio cumplieron roles de co-sostén económico del hogar y co-criadoras de los hijos en común, las obligan a rechazar como inapropiados y humillantes los "alimentos" de parte de sus socios parentales. La Dra. En Química Sara Aldabe, miembro de ANUPA, me planteó claramente en una ocasión: "¿Cómo voy a recibir "alimentos" de mi ex-marido si ambos ganamos lo mismo y si, además, los hijos viven tanto con él como conmigo?".

El padre no debe
pagar para que la madre críe, pues esto parecería colocar a la madre en condición de asalariada de su ex-cónyuge, y parecería autorizar al padre "cumplidor" en sus cuotas para desentenderse y delegar las tareas primarias de crianza de sus hijos.

Luego del divorcio, ambos cónyuges deberían ocuparse activamente de sus hijos. Deberían fomentar acuerdos de cooperación desde la co-partenidad que ejercen. Tal actitud constituiría la mejor enseñanza para los hijos y elevaría su autoestima al apreciar lo que los adultos son capaces de hacer por ellos. El litigio, la persecución judicial, las leyes de castigo penal por incumplimiento "alimentario" o por obstrucción de las "visitas", los "clearings de morosos", y demás macabros mecanismos que, como parches, pergeña nuestra justicia occidental de familia, no hacen más que
perjudicar a los hijos, criados muchas veces en campos de batalla, en medio de tironeos, afectados por compromisos de lealtad. Al descalificar al padre o madre de un niño, se le está destruyendo su psiquismo, su confianza y la felicidad de su infancia.

Si la doctrina jurídica expresa "La mujer no precisa demostrar su necesidad ni la imposibilidad de procurarse los alimentos durante el trámite del divorcio. El mero hecho de las existencia del juicio le da derecho a reclamarlos
" es innegable la naturaleza injusta de los "alimentos". Esta idea, proveniente de épocas en que la mujer no sufragaba, ni conducía un vehículo, ni fumaba en público, ni poseía cuentas bancarias, no puede seguir vigente al día de hoy sin ser injusta. Debemos generar el debate para deconstruir la macro "alimentos" y adecuarla a la realidad de nuestra época.

Julio Trucco

www.anupa.com.ar/articulos/page7.html

Imagen: https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgm4TuhNP5GG931UFoCm-qTOz0ZeaGwPXik7Ri6z40om3NHk4QoPq-By8wycNnOxK8I7vIib7Vj-0su7y4G2y_tS0SgzGG1r_D0X89bhLEjCAdsNcmdH0TxB-pOtWqMCzs7fJLa/s1600/mona_lisa_descansando.jpg

Etiquetas: , , ,

0 Comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Comentarios de la entrada [Atom]

<< Página Principal